¿Puede una Entidad Estatal en SECOP II rechazar la propuesta en un Proceso de Selección Abreviada, de un proponente plural cuando la manifestación de interés solo la presenta una parte de quienes compone la unión temporal o consorcio?
La manifestación de interés al igual que la presentación de oferta debe hacerse por parte del proponente plural conformado en la plataforma. Los documentos o comunicaciones realizadas por un proveedor utilizando un procedimiento distinto a lo previsto en los Documentos del Proceso, y de acuerdo a las condiciones previstas en las Guías de uso del SECOP II, no constituyen oferta, un documento presentado desde un proponente singular integrante de un proponente plural; no constituye oferta y en consecuencia no podría ser evaluada.
Fuente: Decreto 1082 de 2016, Numeral 1 y 2 del artículo 2.2.1.2.1.2.20, Ley 1150 de 2007, Numeral 1 del artículo 5, Ley 80 de 1993 artículo 24, Artículo 4 de la Ley 527 de 1999
Guía rápida para Manifestar interés a través del SECOP II https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/20170404_manifestar_interes_proveedor.pdf
Guía rápida para la creación de proponentes plurales en el SECOP II, https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/20170323_guia_proponente_plural_version_revisada.pdf
¿Cómo funciona el SECOP II en la etapa del perfeccionamiento de los contratos, ejecución y liquidación?
A partir de la adjudicación del contrato, la plataforma habilita para la Entidad Estatal y el proveedor el módulo de Gestión Contractual la cual se administra desde la sección de contratos.
Esta Sección de la plataforma permite Gestionar todo lo relacionado con el Contrato electrónico como lo es el número del contrato, fecha, firma, adiciones, prorrogas y en general todas las modificaciones del contrato. Dentro del módulo se maneja la aprobación de garantías, el registro de facturas por parte del proveedor al igual que su pago, además permite la publicación de los informes del supervisor e interventor y el manejo del estado del Proceso el cual puede ser en edición, en ejecución, Pendiente de firma, entre otros.
¿Cómo se incorporan los demás Documentos del Proceso al expediente electrónico?
Las Entidades Estatales pueden adjuntar documentos al Proceso de Contratación, al pliego electrónico, o al contrato electrónico.
Así, por ejemplo, la Entidad Estatal debe publicar el análisis de Riesgos, el análisis de sector, los estudios y documentos previos al momento de crear el Proceso de Contratación en el SECOP II como documentos del proceso.
¿Cómo individualizar la minuta de acuerdo con las especificidades de cada contrato?
Las Entidades Estatales pueden adjuntar documentos al contrato electrónico.
Así, la Entidad Estatal puede incluir como documento adjunto al contrato con las reglas específicas que desee incluir al contrato electrónico, que no estén en los formularios del contrato electrónico del SECOP II.
¿En qué espacio del formulario se debe diligenciar el objeto contractual de manera completa?
La Entidad Estatal debe escribir el objeto del Proceso de Contratación en el campo “Descripción”. Este campo tiene un límite de 1.200 caracteres. En el “Nombre” iría un resumen del objeto.
¿Las Entidades Estatales deben indicar todas las fechas del cronograma?
Sí. En aquellos casos en los que no se tenga certeza de una fecha, la Entidad Estatal debe indicar una fecha estimada.
¿La plataforma SECOP II tiene causales de rechazo prediseñadas?
No. Sin embargo, las Entidades Estatales pueden adjuntar documentos al pliego de condiciones electrónico en el cual se establezcan las causales de rechazo.
Así, la Entidad Estatal puede incluir como documento adjunto al pliego electrónico las reglas específicas que desee incluir a este que no estén en los formularios del contrato electrónico del SECOP II.
¿Cuál es el protocolo para actuar frente a una indisponibilidad del SECOP II?
El SECOP II es confiable, pero todos los sistemas de información pueden tener fallas que afecten su disponibilidad.
A la fecha, en la “Guía para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II” está previsto un tratamiento para la indisponibilidad de la plataforma que afecte la presentación de ofertas; las manifestaciones de interés; la elaboración o aplicación de adendas; y la realización de una subasta.
La Guía está disponible en la página web de Colombia Compra Eficiente en el mini sitio del de SECOP II, en la cual se describe en qué condiciones se expide el certificado de indisponibilidad, y la forma en que deben actuar tanto proveedores como entidades compradoras en este caso.
¿El SECOP II contiene una casilla para la terminación anormal de proceso, declaratoria de desierta, nulidad, revocatoria directa, etc.?
Sí, SECOP II cuenta con la opción de “cancelar proceso” y se utiliza en los casos en que la Entidad debe declarar desierto o revocar un proceso de contratación. La Entidad debe tener en cuenta que una vez utiliza esta opción el Proceso quedará en la vista pública como Revocado/declarado desierto y se inhabilitarán todas las herramientas del expediente, por lo cual, si contra la decisión procede recurso, la Entidad deberá publicar el documento con la declaratoria de desierto y esperar los posibles recursos de parte de los proponentes a través de la sección “Mensajes” para proceder a cancelar el proceso.
¿Cómo se realiza el proceso de subasta de precios unitarios para bolsa de productos a monto agotable?
¿En este tipo de procesos hay un número limitado de ítems? En caso de existir, ¿Cuál es la solución que CCE da para incluir todos los ítems requeridos en el proceso?
A la fecha el módulo de subasta sólo permite adelantar el proceso cuando la Entidad Estatal tiene certeza sobre el número de elementos que requiere. Con el fin de que sea posible realizar una subasta cuyo valor a adjudicar sea el valor total del presupuesto y que este se agote de acuerdo con los valores unitarios ofertados, Colombia Compra Eficiente está implementando algunas mejoras al módulo de subasta, razón por la cual, mientras esto ocurre, la Entidad Estatal podrá realizar la subasta de manera presencial, o con otra plataforma electrónica distinta al Secop II.
¿Cómo se puede realizar un proceso de contratación directa cuando una o las dos partes del contrato o convenio, están compuestas por más de una entidad?
Los convenios celebrados por dos Entidades Estatales deben ser publicados en el SECOP II, si en la celebración y ejecución de los convenios intervienen más de dos partes (tripartito o multiparte) deberán ser publicados en el SECOP I.
El módulo para publicar los “Contratos o convenios con más de dos partes” estará disponible para el uso de la Entidades Estatales el viernes 18 de mayo de 2018.